miércoles, 23 de diciembre de 2015




NUEVO CONVENIO,  ESPECTACULAR BOUTIQUE, PRESENTANDO EL RECIBO DE HABERES, SI SOS AFILIADO AL SITRAED, DESCUENTO DEL 25%, NO DEJEN PASAR ESTA OPORTUNIDAD. ALMA NACIENTE LOS ESPERA
LES DESEAMOS A NUESTROS AFILIADOS MUCHAS FELICIDADES!

martes, 1 de diciembre de 2015

SITRAED ESQUEL TE RECUERDA

CONCEPTO PROFESIONAL
· Modificaciones al Decreto N° 291/75
Nivel Secundario
Ley VIII N° 25
· Primaria, Nivel Inicial, Adultos y Especial
Ley VIII N° 20
Capítulo XIII
De la calificación del Personal Docente

CONCEPTO PROFESIONAL
Nivel Secundario
Ley VIII N° 25

Modificaciones al Decreto N° 291/75

En su artículo 9°) - Reglamentación, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Inciso d) ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
Se multiplicará por diez el número de asistencia que cada docente registre durante el período escolar y el producto así obtenido se dividirá por el número de días que debió asistir. El cociente obtenido debe anotarse como puntos de cero a diez. Será calificado con diez puntos: el personal que hubiere cumplido hasta con el 98% de asistencia a sus obligaciones; con ocho puntos hasta el 96%; con seis puntos hasta el 94%; con cuatro puntos hasta el 92%.
No se computarán para la calificación, las siguientes licencias del Régimen de Licencias Ley N° 2838 y Modificatorias vigentes:
· Por Enfermedad del Agente: Art. 5 Incisos a) y b)
· Por Accidente de Trabajo: Art. 5 Inciso c)
· Por Enfermedad profesional: Art. 5 Inciso d)
· Por Maternidad: Art. 12, Art. 13
· Por Profilaxis del embarazo: Art. 16
· Por fallecimiento/duelo: Art. 14, Art. 21, Art. 22
· Por Matrimonio: Art. 19
· Por Nacimiento/Paternidad: Art. 20
· Por atención familiar: Art. 23
· Por Actividad Gremial: Art. 30
· Por estudio: Art. 31 por Capacitación Pedagógica-Educativa, vinculada al desempeño del docente. Por examen, tesis y otros: Art. 32 por Capacitación Pedagógica-Educativa, vinculada al desempeño del docente.
· Por Actividades Culturales y Deportivas: Art. 33 y 34, Ley 4804 y 5089
· Por Donación de Sangre: Art. 36 c, y por Citación Judicial Art. 36 d.
· Por medidas de acción directa ( realización auto organizado de iniciativa individual o grupal

En su artículo 9°) Punto IV, que quedará redactado así:
“.. La hoja de concepto contendrá toda la información que se considere necesaria, provista por el interesado o el superior jerárquico, para facilitar el trabajo de la autoridad que intervenga en el concepto. Se emitirán 3 (tres) ejemplares los que se distribuirán del siguiente modo: una para el interesado, uno para el establecimiento, y el tercero el director elevará a la Junta de Clasificación Docente en el mes de marzo de cada año, acompañado por una nota refrendada por el Supervisor Técnico, quien de esta manera controlará que el trámite se realice en tiempo y forma, y respetando la normativa vigente. De igual modo el Supervisor elevará en el mes de marzo a la Junta de Clasificación Docente, los conceptos de los Directivos con una nota refrendada por el Supervisor Técnico General.

El responsable de elaborar y remitir el concepto, como así también su superior jerárquico, que debe controlar el trámite, serán sancionados, según la reglamentación vigente, de no cumplir con las funciones arriba descriptas…”

En su artículo 9°) Punto V, que quedará redactado así:
“.. El personal docente Titular, Interino o Suplente será calificado en las tareas que haya desempeñado cuando estas tengan una duración no menor a 90 (noventa) días corridos…”
Asimismo se propone modificar las instancias de Apelación sobre los Conceptos para los docentes de Educación Secundaria / Secundaria Rural / Secundario de Jóvenes y Adultos, excluyendo de las mismas a la Junta de Clasificación Docente de Educación Secundaria, que quedará redactado de la siguiente manera:
“ El docente deberá notificarse fehacientemente del concepto anual, firmándolo y consignando el lugar y la fecha, aún en el caso de disconformidad con la calificación otorgada.
Dentro del plazo de tres (3) días hábiles a partir de la fecha de notificación, el interesado que considere injusta la calificación podrá reclamar, ejerciendo el Recurso de Revocatoria por ante quien formuló el concepto y el de Apelación en Subsidio, ante la instancia superior.
La nota deberá contener en forma clara y explícita los aspectos o rubros del concepto que a su juicio no guardan relación con las constancias en que se basan o cualquier otro documento que objetivamente sirve para abonar su alegato, agregando la documentación que considere útil.
En el término de tres (3) días hábiles a contar de la fecha de presentación del recurso el calificador deberá hacer saber al interesado si hace lugar o no a la revocatoria.
En el primer supuesto, introducidas las modificaciones en el concepto, el trámite concluye con la notificación del interesado.
Si el calificador no hace lugar a la revocatoria manteniendo la calificación y, siempre que el docente hubiese interpuesto el Recurso de Apelación Jerárquico en Subsidio, dará intervención a la instancia superior la que dictaminará en definitiva. Para el caso el calificador elevará de inmediato todo lo actuado, agregando todas las constancias de la actuación del calificado durante el año, que sirvieron para fundamentar el concepto. La instancia de apelación deberá expedirse en el plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de recepción…”






Cargo
1° Instancia
2° Instancia
Profesor de hs. Cátedra, Preceptor, MEP, Bibliotecario, MOT/POT, Jefe de Ens. Práctica, Secretario, Regente, Vicedirector

Director

Supervisor Técnico
Director
Supervisor Técnico
Supervisor Técnico General
Supervisor Técnico
Supervisor Técnico General
Director General de Nivel Secundario
Supervisor Técnico General
Director General de Nivel Secundario
Subsecretario de Coordinación Técnica de Instituciones Educativas y Supervisión


PRIMARIA - NIVEL INICIAL - ADULTOS y ESPECIAL - Ley VIII N° 20
CAPITULO XIII
"DE LA CALIFICACION DEL PERSONAL DOCENTE" 

Artículo 46.- De cada docente, titular,  interino o suplente, la dirección del establecimiento o el superior jerárquico que le corresponda llevará un registro personal de actuación profesional, en el cual constará la información necesaria para su calificación. El interesado tendrá derecho a conocer todas las constancias que figuren en dicho registro, pudiéndolas impugnar o requerir que se lo complete, si advierte error y
además a llevar un duplicado debidamente autenticado. 

Artículo 47.- La calificación será anual,  apreciará las condiciones y aptitudes del docente, cuando su actuación no sea inferior a  noventa (90) días, que se basará en las constancias objetivas que obran en el registro respectivo y se ajustará a una escala del concepto y a su correlativa  valoración numérica. En caso de disconformidad con la calificación asignada, el interesado podrá interponer fundado recurso de revocatoria con el de apelación en subsidio, dentro de los dos (2) días hábiles de su notificación. Sobre el pedido de revocatoria, deberá expedirse el calificador, dentro del plazo de dos (2) días hábiles a partir de la fecha de presentación. En el caso de ser denegada la revocatoria, se dará curso a la apelación ante la instancia superior, si así lo hubiese solicitado el recurrente en su presentación. Quien corresponde expedirse, previa adopción de los recaudos que estime procedentes, dictaminará dentro del plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la recepción del recurso. Este fallo es inapelable. La síntesis de la calificación anual a que se refiere este artículo y en la forma que lo establezca la reglamentación, pasará a sus efectos al Departamento Clasificación Docente.

· Cuando te notifiques, podes firmar, colocando  fecha y solicitando copia.
· Recordá que tenés plazos para  reclamar: 2 días hábiles.
· Firmar en disconformidad no revisa el acto administrativo.

· Dentro de los plazos podes interponer fundado recurso de revocatoria junto con el de apelación en subsidio.
A partir de hoy, martes 1 y hasta el día 18 de diciembre inclusive, los afiliados a SITRAED ESQUEL, podrán pasar por nuestro local a retirar el bono navideño que entregamos como todos los años. Los esperamos.

viernes, 14 de agosto de 2015

INSCRIPCIÓN GUARDAPOLVOS CICLO LECTIVO 2016 Y ENTREGA DE REFUERZO KIT

SE LES INFORMA A LOS AFILIADOS A SITRAED ESQUEL QUE SE ESTA REALIZANDO LA INSCRIPCIÓN DE GUARDAPOLVOS Y REMERAS PARA EL CICLO LECTIVO 2016.
TAMBIÉN SE HACE ENTREGA DEL KIT DE REFUERZO, AMBOS HASTA EL 31 DE AGOSTO DEL CORRIENTE.

NUEVO CONVENIO

NUEVO CONVENIO PARA LOS AFILIADOS 
AURICULOTERAPIA: terapia alternativa, derivada de la medicina china. En la oreja externa existen puntos reflejos que correctamente estimulados provocan una reacción del sistema nervioso sobre el órgano o zona afectada que ayuda a la mejoría del dolor y a calmar o eliminar sus síntomas.
Es muy efectiva en tratamientos de adelgazamiento, adicciones,migrañas,gastritis y trastornos internos (ansiedad, depresión,insomnio...) y otras. (POR CONSULTAS O TURNOS,SAN MARTIN 878-ESQUEL CHUBUT) O al CELULAR 2945551921. 10% DE DESCUENTO PRESENTANDO RECIBO DE HABERES

viernes, 1 de mayo de 2015

¡Feliz día del trabajador!


viernes, 13 de marzo de 2015

Nuevo convenio con CREARTE ARTESANÍAS

Nuevo convenio con CREARTE ARTESANÍAS 15% descuento afiliados Sitraed


nuevo convenio Autoservicio 25 de Mayo

Se a suscripto un nuevo convenio con el autoservicio 25 de Mayo
5% pago efectivo y compra con bonos SITRAED.
El mismo se encuentra ubicado en 25 de mayo y O¨Higgins

martes, 3 de marzo de 2015

Diplomado en Inclusión y Diversidad en Educación

Mostrando Flyer Inclusión.png

ENTREGA DE GUARDAPOLVOS Y BONO KIT ESCOLAR


A PARTIR DEL 26 DE FEBRERO LOS AFILIADOS DE LA SECCIONAL ESQUEL QUE HUBIERAN SOLICITADO GUARDAPOLVOS OPORTUNAMENTE, PUEDEN PASAR POR CASA LOGACIO A RETIRARLOS DIRECTAMENTE.
EL BONO PARA EL KIT ESCOLAR, SE PUEDE PASAR A RETIRAR A PARTIR DEL 27 DE FEBRERO POR LA SECCIONAL.
EN EL HORARIO DE 8 A 12 Y DE 14 A 18 HS.
LA ENTREGA DE GUARDAPOLVOS Y KIT ESCOLAR SE EXTENDERÁ HASTA EL 27 DE MARZO DE 2015 INDEFECTIBLEMENTE.

miércoles, 8 de octubre de 2014

Beneficios y convenios para el afiliado



martes, 30 de septiembre de 2014

REGIMEN DE LICENCIA PARA LOS AUXILIARES DE LA EDUCACIÓN

http://www.chubut.edu.ar/chubut/wp-content/uploads/LICENCIA-AUXILIARES.pdf

jueves, 25 de septiembre de 2014

NUEVO CONVENIO PARA HOSPEDAJE

AFILIADOS DE ESQUEL Y LA PROVINCIA NUEVO CONVENIO
"LORIEN HOSTERÍA" TE OFRECE HABITACIONES CON BAÑO PRIVADO, TV, COCINA, LAVADERO, JARDÍN DE INVIERNO, WIFI. 20% DE DESCUENTO PARA AFILIADOS AL SINDICATO
MOLINARI 306. ESQUINA CHACABUCO. TELÉFONOS 02945 45-5656/ 02945 15684225

miércoles, 12 de marzo de 2014

Intervención





martes, 17 de diciembre de 2013

COMO CALCULAR EL AGUINALDO DEL MES DE DICIEMBRE

PARA QUE TENGAN EN CUENTA Y PUEDAN CALCULAR EL AGUINALDO DEL MES DE DICIEMBRE
Porcentajes por antigüedad docente

Artículo 17º: (Texto conforme a la modificación por Artículo 3º de la Ley 2242).
El personal docente en actividad, cualquier sea el grado o categoría de revista, percibirá por años de servicios de acuerdo con los porcentajes que se determinan en la siguiente escala:

·                 Al año (1) de Antigüedad 10% (Diez por Ciento).
·                 A los dos (2) años de Antigüedad 15% (Quince por Ciento).
·                 A los cinco (5) años de Antigüedad 30% (Treinta por Ciento).
·                 A los siete (7) años de Antigüedad 40% (Cuarenta por Ciento).
·                 A los diez (10) años de Antigüedad 50% (Cincuenta por Ciento).
·                 A los doce (12) años de Antigüedad 60% (Sesenta por Ciento).
·                 A los quince (15) años de Antigüedad 70% (Setenta por Ciento).
·                 A los diecisiete (17) años de Antigüedad 80% (Ochenta por Ciento).
·                 A los veinte (20) años de Antigüedad 100% (Cien por Ciento).
·                 A los veintidós (22) años de Antigüedad 110% (Ciento diez por Ciento).
·                 A los veinticuatro (24) años de Antigüedad 120% (Ciento Veinte por Ciento).

¿COMO SE CALCULA EL AGUINALDO?

SE SUMA EL SUELDO BÁSICO MAS LA ANTIGÜEDAD
POR EJEMPLO:
BÁSICO                                $ 3338.44
ANTIG 14 AÑOS (60%     ) $ 2003.06
TOTAL                                 $ 5341.50 (BRUTO)

AL TOTAL SE LO DIVIDE EN DOS (SEMESTRE)

EJEMPLO $ 5341.50/ 2 =  $2670.75
A ESTE MONTO SE LE RESTAN LOS DESCUENTOS DE
·        JUBILACION (16%)
·        SEROS (4%)
·        Y SI ESTA AFILIADO A ALGUN SINDICATO (%2)
O SEA 22%  $ 587.56
EJEMPLO AFILIADOS
$2670.75 - $ 587.56

TOTAL AGUINALDO: $2083.19

lunes, 21 de octubre de 2013

NUEVO CONVENIO Rockabilly's Pizza

Rockabilly's Pizza - 25 de mayo 211 -

PIZZAS, HAMBURGUESAS, EMPANADAS, PASTAS, LOMITOS Y ESPECIALIDADES... DELIVERY GRATUITO! HACE TU PEDIDO AL 455718 O 15552357 

10% descuento afiliados SITRAED




viernes, 13 de septiembre de 2013

FORMULARIO 649, IMPUESTO A LAS GANANCIAS

COLEGAS, EXISTE EL FORMULARIO DE LA AFIP Nº 649.  ESTA ES  UNA PLANILLA   QUE EL ORGANISMO DE RETENCIÓN, EN NUESTRO CASO MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEBERÁ ENTREGAR AL TRABAJADOR UNA COPIA EN LOS SIGUIENTES CASOS: CUANDO SE EFECTÚE LA LIQUIDACIÓN ANUAL CON CARÁCTER INFORMATIVO POR TRATARSE DE BENEFICIARIOS A LOS QUE NO SE LES HUBIERA PRACTICADO LA RETENCIÓN TOTAL DEL GRAVAMEN. CUANDO EL TRABAJADOR LO SOLICITE. LA ENTREGA DEBERÁ REALIZARSE DENTRO DE LOS CINCO (5) DÍAS HÁBILES DE FORMALIZADA LA SOLICITUD POR PARTE DEL EMPLEADO.

lunes, 2 de septiembre de 2013

NUEVOS CONVENIOS



15% descuento
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Farmacia del Barrio. Avellaneda 1972. 5% medicamentos y 15% perfumeria



lunes, 29 de julio de 2013

impuesto a las ganacias

El gobernador en la cabecera, junto a todo su equipo de gobierno.
Los empleados públicos de Chubut recibirán la devolución del impuesto a las Ganancias la semana próxima y por planilla complementaria, informó este lunes el gobernador Martín Buzzi, quien acompañado por el vicegobernador César Gustavo Mac Karthy y por el ministro coordinador, Carlos Eliceche, presidió en la Casa de Gobierno una reunión de Gabinete para diagramar y coordinar el cronograma de trabajo durante los próximos días, especialmente mientras dure la veda electoral, y explicó cómo se va a realizar la devolución del Impuesto a las Ganancias descontado del aguinaldo a los empleados del Estado.

En este sentido, tras culminar la reunión que se dividió en tres áreas de trabajo, social, productivo y de infraestructura, el mandatario provincial detalló que “hemos estado trabajando diferentes temáticas, una que se relaciona con los empleados del Estado, que es la devolución del Impuesto a las Ganancias que se va a hacer a través de una planilla complementaria porque el sueldo ya está liquidado y se va a depositar a principios de la semana entrante”.

Puntualizó que "el conjunto de los empleados públicos provinciales va a tener a disposición la devolución del Impuesto a las Ganancias y lo va a recibir en la caja de ahorros que tiene cada uno, encausando de manera muy rápida esta resolución que tomó la AFIP”.

También, Buzzi profundizó que “hemos establecido pautas de trabajo en plena veda electoral; el Estado debe continuar trabajando con acciones de Gobierno en todo el territorio, pero con el cuidado necesario para no infringir las normas que marcan claramente cuáles son las cuestiones que se pueden hacer con acto público y cuáles no”.

Por último manifestó que “nosotros vamos a continuar con nuestra tarea dando respuestas a los requerimientos de la gente con acciones de Gobierno, pero sin realizar aperturas de licitaciones ni anuncios de significación".

Siempre “continuando en plena tarea, recorriendo las diferentes localidades, trabajando con los intendentes, las diferentes organizaciones sociales, sindicatos. Gran parte de la reunión de Gabinete ha tenido que ver el trabajo durante estas dos próximas semanas que marcan una forma distinta de cómo se venía trabajando”, concluyó.