SITRAED - Seccional Esquel
Sindicato de Trabajadores de la Educación - Inscripción Gremial Nº 221/03 - MTEySS Sede Gremial: Roca 419 - tel. (02945) 456501 - 15599184 - correo electrónico: sitraedesquel@yahoo.com.ar - sitraedesquel@gmail.com - Esquel, Provincia de Chubut - UN PAÍS SIN CAPACIDAD PARA DECIDIR SOBRE SUS RECURSOS NATURALES Y EMPRESAS BASE ES UN PAÍS SIN SOBERANÍA (SÓLO EL PUEBLO EN LAS CALLES FRENA EL PODER DE LAS CORPORACIONES)
miércoles, 23 de diciembre de 2015
martes, 1 de diciembre de 2015
SITRAED
ESQUEL TE RECUERDA
CONCEPTO
PROFESIONAL
· Modificaciones al Decreto
N° 291/75
Nivel Secundario
Ley VIII N° 25
Nivel Secundario
Ley VIII N° 25
· Primaria, Nivel Inicial,
Adultos y Especial
Ley VIII N° 20
Capítulo XIII
De la calificación del Personal Docente
Ley VIII N° 20
Capítulo XIII
De la calificación del Personal Docente
CONCEPTO
PROFESIONAL
Nivel
Secundario
Ley
VIII N° 25
Modificaciones al Decreto N° 291/75
En su artículo 9°) - Reglamentación, el cual quedará
redactado de la siguiente manera:
Inciso d) ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
Se
multiplicará por diez el número de asistencia que cada docente registre durante
el período escolar y el producto así obtenido se dividirá por el número de días
que debió asistir. El cociente obtenido debe anotarse como puntos de cero a diez.
Será calificado con diez puntos: el personal que hubiere cumplido hasta con el
98% de asistencia a sus obligaciones; con ocho puntos hasta el 96%; con seis
puntos hasta el 94%; con cuatro puntos hasta el 92%.
No
se computarán para la calificación, las siguientes licencias del Régimen de
Licencias Ley N° 2838 y Modificatorias vigentes:
· Por
Enfermedad del Agente: Art. 5 Incisos a) y b)
· Por
Accidente de Trabajo: Art. 5 Inciso c)
· Por
Enfermedad profesional: Art. 5 Inciso d)
· Por
Maternidad: Art. 12, Art. 13
· Por
Profilaxis del embarazo: Art. 16
· Por
fallecimiento/duelo: Art. 14, Art. 21, Art. 22
· Por
Matrimonio: Art. 19
· Por
Nacimiento/Paternidad: Art. 20
· Por
atención familiar: Art. 23
· Por
Actividad Gremial: Art. 30
· Por
estudio: Art. 31 por Capacitación Pedagógica-Educativa, vinculada al desempeño
del docente. Por examen, tesis y otros: Art. 32 por Capacitación
Pedagógica-Educativa, vinculada al desempeño del docente.
· Por
Actividades Culturales y Deportivas: Art. 33 y 34, Ley 4804 y 5089
· Por
Donación de Sangre: Art. 36 c, y por Citación Judicial Art. 36 d.
· Por
medidas de acción directa ( realización auto organizado de iniciativa
individual o grupal
En su artículo 9°) Punto IV, que quedará redactado así:
“..
La hoja de concepto contendrá toda la información que se considere necesaria,
provista por el interesado o el superior jerárquico, para facilitar el trabajo
de la autoridad que intervenga en el concepto. Se emitirán 3 (tres) ejemplares
los que se distribuirán del siguiente modo: una para el interesado, uno para el
establecimiento, y el tercero el director elevará a la Junta de Clasificación
Docente en el mes de marzo de cada año, acompañado por una nota refrendada por
el Supervisor Técnico, quien de esta manera controlará que el trámite se
realice en tiempo y forma, y respetando la normativa vigente. De igual modo el
Supervisor elevará en el mes de marzo a la Junta de Clasificación Docente, los
conceptos de los Directivos con una nota refrendada por el Supervisor Técnico
General.
El
responsable de elaborar y remitir el concepto, como así también su superior
jerárquico, que debe controlar el trámite, serán sancionados, según la
reglamentación vigente, de no cumplir con las funciones arriba descriptas…”
En su artículo 9°)
Punto V, que quedará redactado así:
“..
El personal docente Titular, Interino o Suplente será calificado en las tareas
que haya desempeñado cuando estas tengan una duración no menor a 90 (noventa)
días corridos…”
Asimismo se propone
modificar las instancias de Apelación sobre los Conceptos para los docentes de
Educación Secundaria / Secundaria Rural / Secundario de Jóvenes y Adultos,
excluyendo de las mismas a la Junta de Clasificación Docente de Educación
Secundaria, que quedará redactado de la siguiente manera:
“ El
docente deberá notificarse fehacientemente del concepto anual, firmándolo y
consignando el lugar y la fecha, aún en el caso de disconformidad con la
calificación otorgada.
Dentro
del plazo de tres (3) días hábiles a partir de la fecha de notificación, el
interesado que considere injusta la calificación podrá reclamar, ejerciendo el
Recurso de Revocatoria por ante quien formuló el concepto y el de Apelación en
Subsidio, ante la instancia superior.
La
nota deberá contener en forma clara y explícita los aspectos o rubros del
concepto que a su juicio no guardan relación con las constancias en que se
basan o cualquier otro documento que objetivamente sirve para abonar su
alegato, agregando la documentación que considere útil.
En
el término de tres (3) días hábiles a contar de la fecha de presentación del
recurso el calificador deberá hacer saber al interesado si hace lugar o no a la
revocatoria.
En
el primer supuesto, introducidas las modificaciones en el concepto, el trámite
concluye con la notificación del interesado.
Si
el calificador no hace lugar a la revocatoria manteniendo la calificación y,
siempre que el docente hubiese interpuesto el Recurso de Apelación Jerárquico
en Subsidio, dará intervención a la instancia superior la que dictaminará en
definitiva. Para el caso el calificador elevará de inmediato todo lo actuado,
agregando todas las constancias de la actuación del calificado durante el año,
que sirvieron para fundamentar el concepto. La instancia de apelación deberá
expedirse en el plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de
recepción…”
Cargo
|
1°
Instancia
|
2°
Instancia
|
Profesor de hs. Cátedra,
Preceptor, MEP, Bibliotecario, MOT/POT, Jefe de Ens. Práctica, Secretario,
Regente, Vicedirector
|
Director
|
Supervisor
Técnico
|
Director
|
Supervisor
Técnico
|
Supervisor
Técnico General
|
Supervisor Técnico
|
Supervisor
Técnico General
|
Director
General de Nivel Secundario
|
Supervisor Técnico
General
|
Director
General de Nivel Secundario
|
Subsecretario
de Coordinación Técnica de Instituciones Educativas y Supervisión
|
PRIMARIA
- NIVEL INICIAL - ADULTOS y ESPECIAL - Ley VIII N° 20
CAPITULO
XIII
"DE
LA CALIFICACION DEL PERSONAL DOCENTE"
Artículo
46.- De cada docente, titular, interino o suplente, la dirección del establecimiento
o el superior jerárquico que le corresponda llevará un registro personal de
actuación profesional, en el cual constará la información necesaria para su
calificación. El interesado tendrá derecho a conocer todas las constancias que
figuren en dicho registro, pudiéndolas impugnar o requerir que se lo complete,
si advierte error y
además
a llevar un duplicado debidamente autenticado.
Artículo
47.- La calificación será anual, apreciará las condiciones y aptitudes del
docente, cuando su actuación no sea inferior a
noventa (90) días, que se basará en las constancias objetivas que obran
en el registro respectivo y se ajustará a una escala del concepto y a su
correlativa valoración numérica. En caso
de disconformidad con la calificación asignada, el interesado podrá interponer
fundado recurso de revocatoria con el de apelación en subsidio, dentro de los
dos (2) días hábiles de su notificación. Sobre el pedido de revocatoria, deberá
expedirse el calificador, dentro del plazo de dos (2) días hábiles a partir de
la fecha de presentación. En el caso de ser denegada la revocatoria, se dará
curso a la apelación ante la instancia superior, si así lo hubiese solicitado
el recurrente en su presentación. Quien corresponde expedirse, previa adopción
de los recaudos que estime procedentes, dictaminará dentro del plazo de cinco
(5) días hábiles a partir de la recepción del recurso. Este fallo es
inapelable. La síntesis de la calificación anual a que se refiere este artículo
y en la forma que lo establezca la reglamentación, pasará a sus efectos al
Departamento Clasificación Docente.
· Cuando te notifiques, podes firmar,
colocando fecha y solicitando copia.
· Recordá que tenés plazos para reclamar: 2 días hábiles.
· Firmar en disconformidad no revisa
el acto administrativo.
· Dentro de los plazos podes
interponer fundado recurso de revocatoria junto con el de apelación en
subsidio.
viernes, 14 de agosto de 2015
INSCRIPCIÓN GUARDAPOLVOS CICLO LECTIVO 2016 Y ENTREGA DE REFUERZO KIT
SE LES INFORMA A LOS AFILIADOS A SITRAED ESQUEL QUE SE ESTA REALIZANDO LA INSCRIPCIÓN DE GUARDAPOLVOS Y REMERAS PARA EL CICLO LECTIVO 2016.
TAMBIÉN SE HACE ENTREGA DEL KIT DE REFUERZO, AMBOS HASTA EL 31 DE AGOSTO DEL CORRIENTE.
TAMBIÉN SE HACE ENTREGA DEL KIT DE REFUERZO, AMBOS HASTA EL 31 DE AGOSTO DEL CORRIENTE.
NUEVO CONVENIO
NUEVO CONVENIO PARA LOS AFILIADOS
AURICULOTERAPIA: terapia alternativa, derivada de la medicina china. En la oreja externa existen puntos reflejos que correctamente estimulados provocan una reacción del sistema nervioso sobre el órgano o zona afectada que ayuda a la mejoría del dolor y a calmar o eliminar sus síntomas.
Es muy efectiva en tratamientos de adelgazamiento, adicciones,migrañas,gastritis y trastornos internos (ansiedad, depresión,insomnio...) y otras. (POR CONSULTAS O TURNOS,SAN MARTIN 878-ESQUEL CHUBUT) O al CELULAR 2945551921. 10% DE DESCUENTO PRESENTANDO RECIBO DE HABERES
AURICULOTERAPIA: terapia alternativa, derivada de la medicina china. En la oreja externa existen puntos reflejos que correctamente estimulados provocan una reacción del sistema nervioso sobre el órgano o zona afectada que ayuda a la mejoría del dolor y a calmar o eliminar sus síntomas.
Es muy efectiva en tratamientos de adelgazamiento, adicciones,migrañas,gastritis y trastornos internos (ansiedad, depresión,insomnio...) y otras. (POR CONSULTAS O TURNOS,SAN MARTIN 878-ESQUEL CHUBUT) O al CELULAR 2945551921. 10% DE DESCUENTO PRESENTANDO RECIBO DE HABERES
viernes, 1 de mayo de 2015
viernes, 13 de marzo de 2015
nuevo convenio Autoservicio 25 de Mayo
Se a suscripto un nuevo convenio con el autoservicio 25 de Mayo
5% pago efectivo y compra con bonos SITRAED.
El mismo se encuentra ubicado en 25 de mayo y O¨Higgins
5% pago efectivo y compra con bonos SITRAED.
El mismo se encuentra ubicado en 25 de mayo y O¨Higgins
martes, 3 de marzo de 2015
ENTREGA DE GUARDAPOLVOS Y BONO KIT ESCOLAR
A PARTIR DEL 26 DE FEBRERO LOS AFILIADOS DE LA SECCIONAL ESQUEL QUE HUBIERAN SOLICITADO GUARDAPOLVOS OPORTUNAMENTE, PUEDEN PASAR POR CASA LOGACIO A RETIRARLOS DIRECTAMENTE.
EL BONO PARA EL KIT ESCOLAR, SE PUEDE PASAR A RETIRAR A PARTIR DEL 27 DE FEBRERO POR LA SECCIONAL.
EN EL HORARIO DE 8 A 12 Y DE 14 A 18 HS.
LA ENTREGA DE GUARDAPOLVOS Y KIT ESCOLAR SE EXTENDERÁ HASTA EL 27 DE MARZO DE 2015 INDEFECTIBLEMENTE.
EL BONO PARA EL KIT ESCOLAR, SE PUEDE PASAR A RETIRAR A PARTIR DEL 27 DE FEBRERO POR LA SECCIONAL.
EN EL HORARIO DE 8 A 12 Y DE 14 A 18 HS.
LA ENTREGA DE GUARDAPOLVOS Y KIT ESCOLAR SE EXTENDERÁ HASTA EL 27 DE MARZO DE 2015 INDEFECTIBLEMENTE.
miércoles, 8 de octubre de 2014
martes, 30 de septiembre de 2014
REGIMEN DE LICENCIA PARA LOS AUXILIARES DE LA EDUCACIÓN
http://www.chubut.edu.ar/chubut/wp-content/uploads/LICENCIA-AUXILIARES.pdf
jueves, 25 de septiembre de 2014
NUEVO CONVENIO PARA HOSPEDAJE
AFILIADOS DE ESQUEL Y LA PROVINCIA NUEVO CONVENIO
"LORIEN HOSTERÍA" TE OFRECE HABITACIONES CON BAÑO PRIVADO, TV, COCINA, LAVADERO, JARDÍN DE INVIERNO, WIFI. 20% DE DESCUENTO PARA AFILIADOS AL SINDICATO
MOLINARI 306. ESQUINA CHACABUCO. TELÉFONOS 02945 45-5656/ 02945 15684225
"LORIEN HOSTERÍA" TE OFRECE HABITACIONES CON BAÑO PRIVADO, TV, COCINA, LAVADERO, JARDÍN DE INVIERNO, WIFI. 20% DE DESCUENTO PARA AFILIADOS AL SINDICATO
MOLINARI 306. ESQUINA CHACABUCO. TELÉFONOS 02945 45-5656/ 02945 15684225
miércoles, 12 de marzo de 2014
martes, 17 de diciembre de 2013
COMO CALCULAR EL AGUINALDO DEL MES DE DICIEMBRE
PARA QUE TENGAN EN CUENTA Y PUEDAN CALCULAR EL
AGUINALDO DEL MES DE DICIEMBRE
Porcentajes por antigüedad docente
Artículo 17º: (Texto conforme a la modificación por Artículo 3º de la Ley 2242).
El personal docente en actividad, cualquier sea
el grado o categoría de revista, percibirá por años de servicios de
acuerdo con los porcentajes que se determinan en la siguiente escala:
·
Al año (1) de Antigüedad
10% (Diez por Ciento).
·
A los dos (2) años de Antigüedad
15% (Quince por Ciento).
·
A los cinco (5) años de Antigüedad
30% (Treinta por Ciento).
·
A los siete (7) años de Antigüedad
40% (Cuarenta por Ciento).
·
A los diez (10) años de Antigüedad
50% (Cincuenta por Ciento).
·
A los doce (12) años de Antigüedad
60% (Sesenta por Ciento).
·
A los quince (15) años de Antigüedad
70% (Setenta por Ciento).
·
A los diecisiete (17) años de Antigüedad
80% (Ochenta por Ciento).
·
A los veinte (20) años de Antigüedad
100% (Cien por Ciento).
·
A los veintidós (22) años de Antigüedad
110% (Ciento diez por
Ciento).
·
A los veinticuatro (24) años de Antigüedad
120% (Ciento Veinte por
Ciento).
¿COMO SE CALCULA EL AGUINALDO?
SE SUMA EL SUELDO BÁSICO MAS LA ANTIGÜEDAD
POR EJEMPLO:
BÁSICO $ 3338.44
ANTIG 14 AÑOS (60% ) $ 2003.06
TOTAL $ 5341.50 (BRUTO)
AL TOTAL SE LO DIVIDE EN DOS
(SEMESTRE)
EJEMPLO $ 5341.50/ 2 = $2670.75
A ESTE MONTO SE LE RESTAN LOS
DESCUENTOS DE
·
JUBILACION (16%)
·
SEROS (4%)
·
Y SI ESTA
AFILIADO A ALGUN SINDICATO (%2)
O SEA 22% $ 587.56
EJEMPLO AFILIADOS
$2670.75 - $ 587.56
TOTAL AGUINALDO: $2083.19
lunes, 21 de octubre de 2013
NUEVO CONVENIO Rockabilly's Pizza
Rockabilly's Pizza - 25 de mayo 211 -
PIZZAS, HAMBURGUESAS, EMPANADAS, PASTAS, LOMITOS Y ESPECIALIDADES... DELIVERY GRATUITO! HACE TU PEDIDO AL 455718 O 15552357
10% descuento afiliados SITRAED
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viernes, 13 de septiembre de 2013
FORMULARIO 649, IMPUESTO A LAS GANANCIAS
COLEGAS, EXISTE EL FORMULARIO DE LA AFIP N º 649. ESTA ES
UNA PLANILLA QUE EL ORGANISMO DE RETENCIÓN, EN NUESTRO CASO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEBERÁ ENTREGAR AL TRABAJADOR UNA COPIA EN LOS SIGUIENTES CASOS: CUANDO SE EFECTÚE LA LIQUIDACIÓN ANUAL
CON CARÁCTER INFORMATIVO POR TRATARSE DE BENEFICIARIOS A LOS QUE NO SE LES
HUBIERA PRACTICADO LA
RETENCIÓN TOTAL DEL GRAVAMEN. CUANDO EL TRABAJADOR LO
SOLICITE. LA ENTREGA
DEBERÁ REALIZARSE DENTRO DE LOS CINCO (5) DÍAS HÁBILES DE
FORMALIZADA LA SOLICITUD
POR PARTE DEL EMPLEADO.
lunes, 2 de septiembre de 2013
NUEVOS CONVENIOS
------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Farmacia del Barrio. Avellaneda 1972. 5% medicamentos y 15% perfumeria
lunes, 29 de julio de 2013
impuesto a las ganacias
El gobernador en la cabecera, junto a todo su equipo de gobierno.
Los empleados públicos de Chubut recibirán la devolución del impuesto a las Ganancias la semana próxima y por planilla complementaria, informó este lunes el gobernador Martín Buzzi, quien acompañado por el vicegobernador César Gustavo Mac Karthy y por el ministro coordinador, Carlos Eliceche, presidió en la Casa de Gobierno una reunión de Gabinete para diagramar y coordinar el cronograma de trabajo durante los próximos días, especialmente mientras dure la veda electoral, y explicó cómo se va a realizar la devolución del Impuesto a las Ganancias descontado del aguinaldo a los empleados del Estado.
En este sentido, tras culminar la reunión que se dividió en tres áreas de trabajo, social, productivo y de infraestructura, el mandatario provincial detalló que “hemos estado trabajando diferentes temáticas, una que se relaciona con los empleados del Estado, que es la devolución del Impuesto a las Ganancias que se va a hacer a través de una planilla complementaria porque el sueldo ya está liquidado y se va a depositar a principios de la semana entrante”.
Puntualizó que "el conjunto de los empleados públicos provinciales va a tener a disposición la devolución del Impuesto a las Ganancias y lo va a recibir en la caja de ahorros que tiene cada uno, encausando de manera muy rápida esta resolución que tomó la AFIP”.
También, Buzzi profundizó que “hemos establecido pautas de trabajo en plena veda electoral; el Estado debe continuar trabajando con acciones de Gobierno en todo el territorio, pero con el cuidado necesario para no infringir las normas que marcan claramente cuáles son las cuestiones que se pueden hacer con acto público y cuáles no”.
Por último manifestó que “nosotros vamos a continuar con nuestra tarea dando respuestas a los requerimientos de la gente con acciones de Gobierno, pero sin realizar aperturas de licitaciones ni anuncios de significación".
Siempre “continuando en plena tarea, recorriendo las diferentes localidades, trabajando con los intendentes, las diferentes organizaciones sociales, sindicatos. Gran parte de la reunión de Gabinete ha tenido que ver el trabajo durante estas dos próximas semanas que marcan una forma distinta de cómo se venía trabajando”, concluyó.
En este sentido, tras culminar la reunión que se dividió en tres áreas de trabajo, social, productivo y de infraestructura, el mandatario provincial detalló que “hemos estado trabajando diferentes temáticas, una que se relaciona con los empleados del Estado, que es la devolución del Impuesto a las Ganancias que se va a hacer a través de una planilla complementaria porque el sueldo ya está liquidado y se va a depositar a principios de la semana entrante”.
Puntualizó que "el conjunto de los empleados públicos provinciales va a tener a disposición la devolución del Impuesto a las Ganancias y lo va a recibir en la caja de ahorros que tiene cada uno, encausando de manera muy rápida esta resolución que tomó la AFIP”.
También, Buzzi profundizó que “hemos establecido pautas de trabajo en plena veda electoral; el Estado debe continuar trabajando con acciones de Gobierno en todo el territorio, pero con el cuidado necesario para no infringir las normas que marcan claramente cuáles son las cuestiones que se pueden hacer con acto público y cuáles no”.
Por último manifestó que “nosotros vamos a continuar con nuestra tarea dando respuestas a los requerimientos de la gente con acciones de Gobierno, pero sin realizar aperturas de licitaciones ni anuncios de significación".
Siempre “continuando en plena tarea, recorriendo las diferentes localidades, trabajando con los intendentes, las diferentes organizaciones sociales, sindicatos. Gran parte de la reunión de Gabinete ha tenido que ver el trabajo durante estas dos próximas semanas que marcan una forma distinta de cómo se venía trabajando”, concluyó.
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